Reseñamos a continuación el extracto de la Ley 4/2012 de 6 de Julio relativo a los derechos de mayor relevancia; entre otros, de los que disponen los adquirentes (compradores) de una semana de multipropiedad a fin de dar curso a la cancelación del contrato de compraventa de una semana de multipropiedad una vez firmado éste.
Del adecuado ejercicio o no del derecho de desistimiento en tiempo y forma dependerá la resolución del contrato y; en consecuencia, la validez y existencia o no del mismo con las obligaciones establecidas en éste para las partes (pago importe compraventa y pago importe cuotas anuales mantenimiento).
Derecho de desistimiento, prohibición de anticipos, contratos de productos vacacionales de larga duración y accesorios
Artículo 12 Derecho de desistimiento
En defecto de lo dispuesto en la presente Ley, el derecho de desistimiento se regirá por el texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
2. El plazo para su ejercicio es de catorce días naturales y se computará:
Artículo 13 Prohibición del pago de anticipos