Planteando procedimiento judicial se consigue INDEMNIZACION a favor del interesado que ha visto incluidos sus datos personales en un fichero de morosos.
El importe de dicha INDEMNIZACION no se fijará conforme al importe de la deuda anotada o a la complicada acreditación del daño moral sufrido, sino en virtud del tiempo que sus datos personales hayan permanecido en el fichero, el número de consultas realizadas por terceras entidades, o las gestiones realizadas por el interesado para lograr la cancelación entre otras, siendo habitual que anotaciones por importes inferiores a 100 euros, den lugar a indemnizaciones por los importes expuestos.
Los honorarios del Letrado y procurador estarán compuestos por una cuantía fija muy reducida por la llevanza de todo el procedimiento hasta obtener Sentencia, más un porcentaje sobre la indemnización conseguida a favor del cliente, la cual tan solo se cobrará en caso de obtener sentencia favorable, y siempre tras percibir dicha indemnización el cliente.
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