Para que el socio multipropietario consiga una indemnización, compensación o similar habría de plantearse procedimiento judicial frente a la comercializadora que conste en el contrato multipropiedad y la entidad bancaria que concediera el préstamo para la adquisición de la semana al encontrarse ambas entidades vinculadas y haberse concedido el préstamo en connivencia (que entidad bancaria y comercializadora estuvieran conchavados).
Deben de cumplirse una serie de factores y condicionantes al respecto para ello.
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