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Renuncia multipropiedad, ¿es posible?…

5th junio 2016Juan MadrigalContratos Multipropiedad, Renuncia multipropiedad, ¿es posible?...

ÍNDICE

  • Lamentablemente ⛔ NO es viable desvincularse de la multipropiedad a través de la denominada renuncia abdicativa pura y simple.
  • Para la inscripción en el Registro de la Propiedad de la renuncia se requiere el consentimiento expreso de los demás partícipes, comuneros y/o propietarios o en su defecto resolución judicial en tal sentido no resultando suficiente una mera  notificación a la comunidad de propietarios del complejo de multipropiedad.
  • Ello en virtud de lo expresado; entre otros, en el artículo 6.2 del Código Civil; “la exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros” y otros textos legales.
  • Si desea leer la resolución de la DGRN puede acceder a ella a través de este enlace.
  • ✅ Para los afectados que firmaron contratos antes del año 1998 y que se pregunten ¿CÓMO DESVINCULARSE DE UNA MULTIPROPIEDAD?, pueden adoptarse otras soluciones.
  • ➡️ Anular, Vender, Cancelar Multipropiedad anterior a 1998. Ley 42/1998
  • ➡️ Transmisión o venta a terceros de una semana multipropiedad NO es estafa.
  • ✅ Para los contratos posteriores del año 1998 consulte:
  • ➡️ ¿Como desvincularse o cancelar un contrato de Multipropiedad?
  • ✅ Consulte la distintas Sentencias favorables en este sentido en nuestra web (➡️ recuperación cantidades y solo ➡️ nulidad contrato-sin recuperación cantidades).
  • RMB ABOGADOS ofrece cobertura a nivel nacional. Puede efectuar una consulta legal online desde el formulario de contacto o en el teléfono 667 751 591

Lamentablemente ⛔ NO es viable desvincularse de la multipropiedad a través de la denominada renuncia abdicativa pura y simple.

Para la inscripción en el Registro de la Propiedad de la renuncia se requiere el consentimiento expreso de los demás partícipes, comuneros y/o propietarios o en su defecto resolución judicial en tal sentido no resultando suficiente una mera  notificación a la comunidad de propietarios del complejo de multipropiedad.

Ello en virtud de lo expresado; entre otros, en el artículo 6.2 del Código Civil; “la exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros” y otros textos legales.

Si desea leer la resolución de la DGRN puede acceder a ella a través de este enlace.

✅ Para los afectados que firmaron contratos antes del año 1998 y que se pregunten ¿CÓMO DESVINCULARSE DE UNA MULTIPROPIEDAD?, pueden adoptarse otras soluciones.

➡️ Anular, Vender, Cancelar Multipropiedad anterior a 1998. Ley 42/1998

➡️ Transmisión o venta a terceros de una semana multipropiedad NO es estafa.

✅ Para los contratos posteriores del año 1998 consulte:

➡️ ¿Como desvincularse o cancelar un contrato de Multipropiedad?

✅ Consulte la distintas Sentencias favorables en este sentido en nuestra web (➡️ recuperación cantidades y solo ➡️ nulidad contrato-sin recuperación cantidades).

RMB ABOGADOS ofrece cobertura a nivel nacional. Puede efectuar una consulta legal online desde el formulario de contacto o en el teléfono 667 751 591

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Etiquetas: desvincularse multipropiedad, Renuncia multipropiedad
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