A la pregunta que muchos multipropietarios se hacen acerca de; ¿por qué el complejo no se queda con mi semana aunque sea sin contraprestación alguna?
Entendemos que dicha pregunta-respuesta se encuentra ligada a lo ya expresado en el artículo “renuncia multipropiedad” y “resolución por falta pago”.
Por regla general carece de interés para el complejo turístico, comunidad de propietarios o empresa mantenedora del mismo asumir la titularidad de una semana de multipropiedad.
Ello porque si el multipropietario cesa en su condición de titular/propietario el complejo turístico o su comunidad de propietarios deja de percibir el importe correspondiente a la cuota anual de mantenimiento.
Resulta de mayor interés para el complejo o su comunidad de propietarios que exista una obligación de pago anual por parte del multipropietario, se abone o no el importe de la cuota anual de mantenimiento.
Si no es abonada se impide al titular/propietario el uso y disfrute de su semana y se faculta al complejo para reclamar el importe adeudado. Es decir, puede el complejo llegar a obtener; sin ser titular/propietario de la semana y mediante el incumplimiento de la obligación de pago, mayor cantidad que si fuera propietario o cesionario.
Por un lado es acreedor de la cantidad derivada de esa obligación de pago anual de la cuota de mantenimiento y por otro lado es posible que de curso al alquiler de la semana que multipropietario no puede usar por impago obteniendo otras cantidades.